miércoles, 23 de octubre de 2013

La protección de los partidos políticos antidemocráticos

Este artículo se publicó en El Diario Fénixdigital activo hasta abril de 2017


Imagen de futbolrebelde.org
Hace poco más de un mes, se produjo el asalto de algunos miembros de agrupaciones políticas ultraderechistas en el acto institucional de la Generalitat de Cataluña en Madrid, con motivo de la Diada. Aunque la policía llegó al centro cultural Blanquerna cuando los asaltantes ya se habían marchado, a las pocas horas 12 de ellos ya estaban detenidos. Ocho días después, el 21 de septiembre, ya habían sido puestos en libertad y en ningún momento se planteó la ilegalización de sus organizaciones.


Derribando estanterías, rompiendo algunas lunas de las paredes del local y portando banderas de Falange y Alianza Nacional con símbolos preconstitucionales, los radicales entraron en el local intimidando y empujando a los allí presentes, entre ellos el diputado de UDC Josep Sánchez Llibre. Algunas personas salieron de allí con heridas leves y otras afectadas por el gas lacrimógeno que emplearon los ultras en su boicot.

Nuestra Constitución establece, en su artículo 6, las condiciones que han de cumplir las formaciones políticas: “Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y su funcionamiento deberán ser democráticos.”

Con sus actos, no queda muy claro que esos miembros de organizaciones políticas ultraderechistas actuaran con respeto a la Constitución y a la ley. Según el artículo 6, el que un partido ataque el pluralismo, poniendo en peligro la subsistencia del orden democrático, puede ser motivo de disolución del mismo. 

A los responsables se les acusó de faltas de lesiones y de desórdenes públicos, que no fueron  consideradas delitos por no haber causado lesiones graves a las víctimas. De manera que el castigo por la violenta irrupción en Blanquerna se queda en multas de entre 10 y 12 euros diarios durante 30 días como mucho. Los jueces considerarían estas acciones como delitos si las agresiones hubieran resultado de mayor gravedad.

¿Cumplen la Ley de partidos?

La ley orgánica de partidos políticos (6/2002 de 27 de junio) establece que los mismos deberán respetar con sus actividades los valores constitucionales, expresados en los principios democráticos y en los derechos humanos. Asimismo, en su título primero, de los derechos y deberes fundamentales, la CE dice que “la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden público y de la paz social”.

La Ley de partidos políticos dice también que “un partido será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando persiga deteriorar el régimen de libertades o imposibilitar el sistema democrático”, mediante conductas como la exclusión de personas por razón de su ideología, religión o creencias, o el fomento de la violencia como método para la consecución de objetivos políticos.

Dicha Ley añade a continuación que, se entenderá que en un partido político concurren las circunstancias nombradas cuando se produzca la repetición o acumulación del uso de la violencia, acompañada de actuaciones que fomenten una cultura de enfrentamiento o que persigan intimidar, hacer desistir, neutralizar o aislar socialmente a quienes se oponen a la misma.

Lo que se describe es exactamente lo que hicieron los ultras hace unas semanas, provocando violentamente, discriminando y atentando contra la dignidad de quienes no comparten su ideología. Además, con más frecuencia, los miembros de esos partidos hacen uso de símbolos que representan la violencia.

Pero legalmente no procede la ilegalización de partidos antidemocráticos como Alianza Nacional, La Falange o Acción Nacional Revolucionaria, porque la citada LO 6/2002 insiste en que para llegar a ilegalizarlos se tiene que dar “la repetición o acumulación” de las acciones descritas o “que el partido incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal.

La sentencia del Tribunal Constitucional 48/2003  rechaza el cuestionamiento, por parte del Gobierno Vasco, de la constitucionalidad de la LO 6/2002, defendiendo que “en ningún momento se hace referencia en la ley de partidos políticos a programas o ideologías, sino a actividades de colaboración o apoyo al terrorismo o la violencia. En consecuencia, no se abre ningún resquicio a la que se ha llamado ‘democracia militante’ y no hay, por consiguiente, vulneración alguna de las libertades ideológica, de participación, de expresión o de información”. Por eso las actividades de las agrupaciones políticas que llamamos antidemocráticas son aceptadas jurídicamente, como práctica de la libertad de expresión de la que debemos gozar todos los ciudadanos. En su artículo 9, la ley de partidos políticos habla del respeto a los valores constitucionales, en teoría compatible con la más plena libertad ideológica.

De acuerdo, la jurisprudencia española expone los argumentos necesarios para defender la legalidad de estos partidos, al tiempo que emplea otros para ilegalizar formaciones políticas de otra índole. Es el caso de Sortu, formación que a pesar de haber rechazado públicamente los fines y medios terroristas, la Abogacía del Estado, basándose en informes de 2009, acusó de estar vinculada a ETA dos años después. El Tribunal supremo se apresuró a tramitar la ilegalización de Sortu, temiendo que esta no se hubiera dado antes de las elecciones. Este hecho demuestra que el poder judicial no es independiente de los intereses políticos.

En Mayo del año pasado, coincidiendo con la final de la Copa del Rey disputada entre el Barcelona y el Athletic de Bilbao, se celebró en Madrid una manifestación de miembros y simpatizantes de agrupaciones políticas antidemocráticas,[1] aceptada y tolerada por las autoridades. Durante la marcha, acompañada por cánticos y banderas franquistas, sus protagonistas atacaron con insultos a los aficionados de ambos equipos. Sorprende que este tipo de manifestaciones sean defendidas por la policía, mientras que aquellas en las que los ciudadanos salen a la calle para reclamar justicia, sin hacer apología de ningún tipo de violencia, son impedidas y sus participantes agredidos por la policía; como fue el caso de la que se celebró el pasado mes de julio en la calle Génova de Madrid. ¿Qué clase de democracia es la de España?

La reforma del Código Penal, planteada por el ministro de justicia, Alberto Ruiz Gallardón en agosto de este año, endurece con penas de prisión el castigo por el fomento del odio o la violencia por motivos ideológicos. Sin embargo, los ultraderechistas, con sus símbolos totalitarios y sus reclamas anticonstitucionales, están respaldados por el Gobierno porque, atendiendo a lo que dicta el Tribunal Constitucional, la nuestra no es una democracia militante.

En Alemania, la Ley sí prohíbe los partidos antidemocráticos, como forma de eliminar las ideologías fascistas que han marcado su historia. Pero aquí, en España, no se ha acabado con la defensa de los ideales totalitarios. Es contradictorio que una Constitución democrática, con una Ley de partidos  defensora de de las libertades y derechos fundamentales, ampare a aquellos que atentan contra los mismos. Además, irrumpir violentamente en locales públicos o privados para impedir el ejercicio de los derechos y alterar la paz, es delito. Por ello los jueces deberían declarar ilegales todos los partidos que llevan a cabo acciones como esta.

La sensación es que el sistema político-jurídico español está marcado por el conservadurismo de la derecha y que, cuando se trata de defender la libertad de expresión, emplea dos varas de medir.

Que todos podamos pensar y expresarnos con libertad aporta valor democrático a nuestra Constitución, pero la nuestra es una democracia joven y tendrían que pasar un par de generaciones más para que no quedara rastro de aquellos que defienden sin pudor la idoneidad de los tiempos de Franco. La cuestión es que mientras se permita la defensa de ideales dictatoriales y fascistas, que son la negación de los conceptos de democracia y libertad, aquellos se mantendrán vivos pase el tiempo que pase.





[1] Hace unos meses, los miembros de La Falange, Nudo Patriota Español, Alianza Nacional, Movimiento Católico Español, Acción Juvenil Española y Democracia Nacional se unieron para formar la coalición La España en Marcha (LEM)

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